FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de noviembre de 2004.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensora oficial de Sergio Adrián Maldonado en la causa Maldonado, Sergio Adrián s/ materia: previsional s/ recurso de amparo", para decidir sobre su procedencia. :
Considerando:
19) Que el actor, patrocinado por la señora defensora pública oficial ante la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, interpuso acción de amparo respecto de la resolución de la Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Argentina que había desestimado su solicitud de ayuda económica para realizar en el exterior un tratamiento médico a su hija, menor de edad, que padece de atrofia muscular espinal (enfermedad de Werdning-Hoffman).
22) Que el magistrado que intervino hizo lugar al pedido y ordenó a la demandada que arbitrara los medios para que la niña fuese trasladada al Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN) de la ciudad de La Habana, República de Cuba, con el fin de continuar la terapia que había sido iniciada tres años antes en ese lugar con la aprobación de la misma obra social.
3) Que, a tal efecto, después de haber recabado diferentes informes a instituciones oficiales y a las embajadas de los Estados Unidos de América, de la Federación de Rusia y de la República de Cuba acerca de las características de la enfermedad y de su eventual remedio en el orden nacional e internacional, el juzgador tuvo en cuenta para decidir que los profesionales del Complejo Médico de la Policía Federal Argentina Churruca-Visca habían dictaminado que ningún tratamiento podía cambiar la evolución funcional de la paciente por ser "irremediablemente progresiva y fatal", y consideró que a pesar de que debían practicarse terapias paliativas y que la obra social las había dispuesto en el Centro Médico Internacional de Rehabilitación Integral Dr. Roberto Quiñones Molina (REHABIMED) de la Provincia de Buenos Aires, el estado de salud de la niña continuaba declinando,
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5213
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