FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de noviembre de 2004.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Sebastián Maronese e Hijos S.A. c/ Provincia de Buenos Aires Instituto Provincial de la Vivienda)", para decidir sobre su procedencia.
Considerando: ' Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones expuestos por el señor Procurador Fiscal, a los que cabe remitir por razones de brevedad.
Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs. 51..Notifíquese, devuélvanse los autos principales y, oportunamente, archívese. .
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUuGUusTo CÉSAR BELLUSCIO — CArLos S.
FAYr — ANTONIO BOGGIANO — JUAN CARLOs MAQUEDA — E. RAUL ZAFFARONI — ELENA I. HIGHTON DE NoLasco.
Recurso de hecho interpuesto por la actora Sebastián Maronese e Hijos S.A., representada por el Dr. Hernán Mariano Ojea Espil.
Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
ALBERTO SALCEDO
v. TRANSPORTES METROPOLITANOS GENERAL ROCA S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.
Los agravios deducidos contra el pronunciamiento que rechazó la demanda de daños y perjuicios derivados de un accidente ferroviario, suscitan cuestión federal para su consideración por la vía intentada, pues aunque remiten al examen de cuestiones fácticas y de derecho común, materia propia de los jueces de la
Compartir
100Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 2004, CSJN Fallos: 327:5082
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-5082
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 327 Volumen: 4 en el número: 364 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos