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Fallos: 327:4327 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 19, al que se le remitirán. Hágase saber al Tribunal del Trabajo N° 1 del Departamento Judicial de Quilmes, Provincia de Buenos Aires.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — CARLOS S.

FAYT — ANTONIO BoGGIANO — JUAN CARLos MAQuEDA — E. RAÚL
ZAFFARONI — ELENA I. HIGHTON DE NoLasco.

ERNESTO VALDIVIESO . -
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.

En el delito de estafa, o su tentativa, perpetrado mediante el uso de cheques extraviados o sustraídos, cabe atenerse, a fin de determinar la jurisdicción competente, al lugar donde los títulos fueron entregados, sin que pueda considerarse como tal aquél donde se presentaron al cobro.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.

Si los elementos de juicio incorporados al incidente no alcanzan para acreditar el lugar donde los cheques fueron entregados, corresponde al juez que previno profundizar la investigación.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL SUBROGANTE
Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia suscitada entre los titulares del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 36, y del Juzgado de Transición N° 4 del Departamento Judicial de La Matanza, provincia de Buenos Aires, se refiere a la causa donde se

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:4327 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-4327

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