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Fallos: 327:2902 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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2?) Que mientras se encontraba la causa en estado de resolver, se presentó la recurrente denunciando como "hecho nuevo" la entrada en vigencia en la Federación Rusa de un nuevo Código Penal así como Procesal Penal. Acompañó un ejemplar de cada uno de esos cuerpos normativos en idioma ruso y solicitó una serie de medidas previas que consideró pertinentes y útiles en relación a los reparos incluidos en su memorial.

Los agravios que, en lo sustancial, fundan el recurso se refieren a la ausencia del recaudo contemplado por el art. 13, inc. d de la ley 24.767 en cuanto exige "resolución judicial" tanto respecto de la solicitud de extradición como de la orden de detención que le da sustento y a las "seguridades" que, en los términos del art. 82, inc. fde la ley 24.767, debe dar el país requirente en supuestos en que el requerido podría ser sometido a pena de muerte.

A ello agregó que atento la nueva normativa penal que rige en el estado requirente, debería exigirse formal promesa de que se aplicará la ley penal más benigna. También se agravió por la ausencia de prueba de la imputación y la violación al inc. e del art. 8? de la ley 24.767, toda vez que la alternativa de cadena perpetua constituiría un supuesto de "tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes".

3?) Que el agravio fundado en el incumplimiento del recaudo contemplado por el art. 13, inc. d, de la ley 24.767, sólo fue planteado en esta instancia. Sin embargo, puesto que se trata de una cuestión susceptible de afectar el orden público argentino y que el mencionado requisito es un presupuesto necesario para que el Estado Nacional conceda la extradición, debe ser igualmente tratado por este Tribunal.

4) Que aquella norma dispone que "la solicitud de extradición de un imputado debe contener... testimonio o fotocopia autenticada de la resolución judicial que dispuso la detención del procesado, con explicación de los motivos por los que se sospecha que la persona requerida habría tomado parte en el delito, y de la que ordenó el libramiento de la solicitud de extradición".

5) Que en Fallos: 324:2603 esta Corte sostuvo que "la norma transcripta es suficientemente clara en cuanto establece que tanto la resolución que dispone la detención del procesado como la que ordena

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2902 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-2902

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