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Fallos: 327:2779 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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VoTO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de Garantías N° 3 del Departamento Judicial de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, al que se remitirá. Hágase saber al Juzgado Federal N° 1 de La Plata.


E. RAÚL ZAFFARONI.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2779 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-2779

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