VoTO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Autos y Vistos:
Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de Garantías N° 3 del Departamento Judicial de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, al que se remitirá. Hágase saber al Juzgado Federal N° 1 de La Plata.
E. RAÚL ZAFFARONI.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2779
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