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Fallos: 327:2430 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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Recurso de hecho deducido por la demandada, representada por la doctora Elsa Concepción Pistorio.

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo -Sala X-.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 15,

SUPERMERCADOS NORTE S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso, No corresponde hacer lugar a la crítica que remite al examen de cuestiones de orden procesal que, aún regidas por una ley federal, son propias de los jueces de la causa si, por lo demás, el pronunciamiento impugnado contiene en este aspecto fundamento suficiente con base en las constancias del proceso y en las normas que la cámara consideró aplicables al caso, que más allá de su acierto o error, no autorizan su descalificación como acto jurisdiccional.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-—. , RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Relación directa. Normas extrañas al juicio, Si la sanción no se impuso por incumplir la obligación de controlar la veracidad de la información que, de acuerdo a la ley, deben contener los productos que el recurrente comercializa, sino por haber violado la prohibición de venderlos sin identificación (art. 1, inc. b), de la ley 22.802), el art. 6? de la ley de lealtad comercial no guarda relación directa o inmediata con lo decidido. ! —Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Generalidades.

Respecto de la inteligencia de normas de naturaleza federal, la Corte no se encuentra limitada en su decisión por los argumentos de las partes o lo expresado en el fallo.

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2430 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-2430

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