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Fallos: 327:2379 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 15 de junio de 2004.

Vistos los autos: "Yacylec S.A. c/ Corrientes, Provincia de s/ acción declarativa", de los que Resulta:

1 Que a fs. 10/37 Yacylec S.A. inicia la presente acción declarativa ¡ contra la Provincia de Corrientes a fin de que se declare que el contrato celebrado con el Estado Nacional el 15 de diciembre de 1992 para la construcción, operación y mantenimiento del primer tramo del sistema de transmisión asociado a la Central Hidroeléctrica Yacyretá, como así también el otorgamiento de la licencia técnica para prestar el servicio de transporte de energía eléctrica bajo la modalidad de transportista independiente en dicho tramo, se encuentran sometidos a la ju- .

risdicción y legislación federal.

En consecuencia, solicita que por aplicación de las leyes 15.336, 23.696 y 24.065 y de los decretos 293/92, 114/93 y 273/93, se declare igualmente que dicho contrato no se encuentra alcanzado por el impuesto de sellos que la provincia demandada pretende aplicar con fundamento en lo dispuesto en el art. 157, inc. g, del Código Tributario local.

Para el caso de que se admita la procedencia del impuesto, pide que se reconozca su derecho a trasladar al canon que percibe el monto resultante.

Afirma que el Estado Nacional acordó al contrato la exención del impuesto de sellos, tal como se desprende del decreto 273/93 por el que se aprobó su suscripción. Ese reconocimiento se basó en lo dispuesto enelart. 12 de la ley 15.336 y se encuentra amparado por la ley 23.696 y su decreto reglamentario (1105/89).

Asimismo, plantea la inconstitucionalidad del citado art. 157, inc. g, del Código Fiscal local, que grava los contratos realizados fuera de la Provincia de Corrientes pero destinados a producir efectos en ella, cuando en su lugar de celebración no estén alcanzados por el tributo.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:2379 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-2379

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