digo Procesal Civil y Comercial de la Nación, corresponde admitir la medida cautelar y hacer saber a la Provincia de San Luis que deberá abstenerse de aplicarla ley 5244 respecto de los dependientes de la actora (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
DICTAMEN DE LA PROCURADORA FISCAL .
Suprema Corte:
—I- .
A fs. 86/98, Search Organización de Seguridad S.A., en su carácter de empresa que se dedica a prestar servicios de vigilancia privada, de distinto tipo, en todo el país, con domicilio en la Capital Federal, promueve la presente acción declarativa, en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , contra la Provincia de San Luis —Poder Ejecutivo-, a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la ley provincial 5244 y, en consecuencia, su inaplicabilidad a la totalidad de los contratos de trabajo que ha celebrado, y que celebre en el futuro, en el territorio de ese Estado provincial.
Cuestiona dicha norma, en cuanto crea y fija un salario mínimo, vital y móvil para todos los trabajadores del sector público y privado que prestan servicios en territorio provincial, lo cual resulta —a 'su entender violatorio de la ley nacional de contrato de trabajo 20.744 —con sus modificaciones—, de la ley nacional de empleo 24.013, de su decreto reglamentario 2725/91 y, en consecuencia, de los arts. 75, inc. 12 y 126 de la Constitución Nacional, Indica que la coexistencia de ambas legislaciones, la nacional y la local, le ocasiona un estado de incertidumbre y un perjuicio o lesión de carácter patrimonial, toda vez que la ley provincial atacada impone un salario mínimo, vital y móvil manifiestamente superior al establecido en el convenio colectivo de trabajo 194/92, que rige la relación laboral del personal que trabaja bajo su dependencia, tanto el afectado al servicio de vigilancia como el que desarrolla funciones administrativas.
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:1816
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