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Fallos: 327:1627 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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— DE JUSTICIA DE LA NACION 1627 —
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de mayo de 2004.

— —] Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de.

Alfredo Torres y Mabel del Valle Torres en la causa Laglaive, Silvia Gloria y otros s/ p.ss.aa. de homicidio calificado en grado de tentativa —causa N 24/99 "L"—", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los agravios traídos a conocimiento del Tribunal en la presente causa son sustancialmente análogos a los tratados y resueltos en Fallos: 320:1891 , a cuyas consideraciones y fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad.

Por ello, oído el señor Procurador Fiscal, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Reintégrense los depósitos de fs. 263 y 418. Agréguese la queja al principal con copia del precedente citado. Hágase saber y devuélvase al tribunal de origen, con el fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto en el presente.


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO C£saR BELLUScIO — CARLos S.
FAyr (en disidencia) — ANTONIO BOGGIANO — ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ en disidencia) — JUAN CARLos MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI (según su voto).

Voro DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que los agravios traídos a conocimiento del Tribunal en la presente causa son sustancialmente análogos a los tratados y resueltos en la causa M.528.XXXV. "Mostaccio, Julio Gabriel s/ homicidio culposo", de fecha 17 de febrero de 2004, a cuyas consideraciones corresponde remitirse en orden a la brevedad.

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:1627 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-1627

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