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Fallos: 327:1568 de la CSJN Argentina - Año: 2004

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Público, todo pronunciamiento de la Corte en el recurso de queja interpuesto resulta inoficioso. .

DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL .

Suprema Corte:

—I- , La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal declaró improcedente la queja por recurso de casación denegado interpuesto por el Fiscal General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Provincia de La Pampa (fs. 1/2). , Para adoptar tal temperamento, ela quo sostuvo que la resolución recurrida no reviste el carácter de sentencia definitiva o equiparable a ella por sus efectos. . + Contra ese pronunciamiento se interpuso recurso extraordinario, cuya denegatoria de fs. 7, dio lugar a la articulación de la presente queja.. . . —I-

En su escrito de fs. 8/11 el recurrente afirmó que el a quo privó el acceso a la instancia casatoria por cuestiones formales y soslayó el tratamiento de una cuestión que compromete el orden público, afirmando que la cuestión trasciende el mero interés de las partes y se' proyecta sobre el institucional, pues afecta la distribución constitucional de las funciones del poder.

— II En lo tocante a la procedencia formal del recurso, entiendo que ha sido mal denegado por la Cámara de Casación.

En primer orden, cabe destacar que se ha cuestionado la validez de actos de autoridad nacional -las acordadas 19/00 y 21/00 dictadas por V.E.— por ser violatorios de garantías constitucionales y la deci

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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:1568 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-327/pagina-1568

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