BASF ARGENTINA S.A. v. CAPDEVIELLE KEY y CIA. S.A.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención de la Corte Suprema.
Corresponde a la Corte Suprema dirimir el conflicto suscitado entre un órgano de jurisdicción arbitral -Cámara Arbitral de la Bolsa de Cereales- y un tribunal del Poder Judicial de la Nación, al no existir un superior común a ambos órganos en conflicto conforme a lo dispuesto en el decreto-ley 1285/58, texto según ley 21.708.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.
TRIBUNAL ARBITRAL.
Debe tramitar ante la justicia nacional en lo comercial la causa de cobro de pesos iniciada por el vendedor contra su agente corredor para obtener la condena al pago de las sumas no rendidas al mandante ya que la cláusula compromisoria contenida en los boletos de compraventa claramente está referida a la intervención del órgano arbitral -Cámara Arbitral de la Bolsa de Cereales para la solución de diferendos que surjan entre vendedor y comprador, pero no entre el corredor y su comitente enajenante.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:
—I-
El Juzgado Nacional en lo Comercial N° 6 y la Cámara Arbitral de la Bolsa de Cereales, discrepan respecto a quien resulta competente para entender en la presente causa.
La acción de cobro de sumas de dinero fue promovida por Basf Argentina S.A. contra Capdevielle, Kay y Cia S. A. C. IF y M., antela Cámara Arbitral de la Bolsa de Cereales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, invocando la accionante para sostener la competencia de dicho organismo, el compromiso asumido por las partes en los con
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Año: 2004, CSJN Fallos: 327:1450
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