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Fallos: 326:5426 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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También cuadra ponderar que el allanamiento se produjo 13 días después de vencido el término para el cumplimiento delo dispuesto y dado que Vallejos en definitiva sólo había aportado parte de la documentación, el juez dispuso recabarla disponiendo allanar las oficinas.

Asimismo ningún reproche puede formulársele por haber afectado la elevada cantidad de dólares a la causa. En este aspecto, tiénese particularmente en cuenta que la cámara de apelaciones al intervenir en el incidente de restitución de fondos sdlicitado por los hermanos Presta, confirmóla resolución de Murature que rechazaba la petición, habiendo expresado que el dinero —entregado y depositado por Vallejos— forma parte del objeto procesal a investigar. Finalmente, frente a inquietudes que surgieron en el debate acer ca de si esos fondos quedaron atrapados por el denominado "corralito financiero", cabe señalar que dicha medida económica noes responsabilidad del Dr. Murature y que las cuentas judiciales se encuentran expresamente excluidas de esas medidas.

TRÁMITE DE LA CAUSAN? 22.553/99 caratulada "VISCIGLIO, José s/ DEFRAUDACIÓN" y las conexas N"s 108.770 "Visciglio s/ estafa", 121.257 "Visciglio s/ defraudación" y 100.243 "Visciglio s/ estafa".

69) Que seimputaal juez Murature que: continuóla investigación no obstantequed fiscal dictaminó quedebía desestimar sepor inexistencia deddito; archivólasactuaciones, en tanto quelo correcto era sobr eseer ; implantó en forma desmedida el secreto de sumario; no acató lo dispuesto por e Superior, pues continuó la investigación no obstante que la cámara de apelaciones revocó e archivoy dijo quedebía definirsela situación del recurrente.

Como se advierte, las tres primeras imputaciones se vinculan al criterio del juez en la interpretación de normas procesales, lo queno merece reproche alguno, debiendo además r emitirse a los argumentos expuestos en el considerando 21.

En cuanto a que no habría acatado lo resuelto por el tribunal de alzada al haber continuado la investigación no obstante que la cámara revocó el archivo y dispuso que debía definirsela situación de |losimputados, el criterio del juez al explicar que no sobreseyó después del desistimientode Pallasá pues en el expediente comercial había otros dam

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5426 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-5426

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