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Fallos: 326:5140 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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6. La Constitución debe analizarse como un conjunto armónico dentro del cual cada parteha de interpretarse a la luz de las disposiciones de todas las demás (Voto de los Dres. Antonio Boggiano y Adolfo Roberto Vázquez): p. 4816.

7. Las cláusulas constitucionales y las de los tratados internacionales de derechos humanos tienen la misma jerarquía, son complementarios y, por lo tanto, no pueden desplazarse o destruirse recíprocamente (Voto de los Dres. Antonio Boggiano y Adolfo Roberto Vázquez): p. 4816.

8. La inteligencia de las normas de la Ley Fundamental no debe realizarse en forma aislada, desconectándola del todo que compone, y la interpretación debe hacerse, al contrario, integrándolas en la unidad sistemática de la Constitución, compar ándolas, coordinándolas y armonizándolas, de forma tal que haya congruencia y relación entre ellas (Voto del Dr. Augusto César Belluscio).

—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió el voto—: p. 4816.


INTERPRETACION DE LA LEY
Ver: Consolidación de deudas, 5, 7; Jubilación y pensión, 2, 5, 10, 11; Jurisdicción y competencia, 20, 21; Recur so de casación, 4; Recurso extraordinario, 112, 118, 151, 153.


INTERPRETACION DE LOS CONTRATOS
Ver: Contratos, 1, 2; Contratos administrativos, 1 a 3; Recurso ordinario de apelación, 33.


INTERPRETACION DE LOS TRATADOS
Ver: Convención Americana sobre Derechos Humanos, 2; Extradición, 2, 7, 10, 12, 13.

J
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Ver: Delegación de atribuciones legislativas, 1; Impuesto, 3.

JUBILACION DE MAGISTRADOS Y DIPLOMATICOS" 1. El porcentaje del haber de retiro se fija en el momento del cese en el cargo y no es Móvil, pues la movilidad ala cual alude el art. 17 de la ley 18.464 serefiere a la varia1) Ver también: Constitución Nacional, 12; Jubilación y pensión, 2.

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5140 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-5140

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