5. Deben descartarse las argumentaciones referidas a la idoneidad personal del perito, cuya designación no cuestionó la recurrente oportunamente, y que no comprometen la validez técnica de sus conclusiones: p. 4428.
6. Corresponde atribuir a la empresa actora un porcentaje de responsabilidad en la producción del siniestrosi incurrió en negligencia en lorelativo al proyecto de obra pues era su deber, como contratista y colaboradora de la administración, advertir sobre las particularidades del proyecto, que eran susceptibles de originar el colapso que se produjo: p. 4428.
CONTRATO DE SEGURO
Ver: Recurso extraordinario, 18, 105, 122, 146.
CONTRATO DE TRABAJO
Ver: Recurso extraordinario, 7, 68, 117, 118, 123, 133.
CONTRATOS" 1. Los contratos deben entenderse y cumplirse de la manera en que verosímilmente entendieron obligarselas partes (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi): p. 4328.
2. En las deudas de género no toda alteración de la calidad impor ta una modificación del objeto de aquél, en la medida en que aquélla se refiera a una cualidad que las partes hayan considerado no esencial (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi): p. 4328.
CONTRATOS ADMINISTRATIVOS" 1. Corresponde confirmar la sentencia que rechazó la denanda promovida con el objeto de obtener el cumplimiento de una orden de compra, si la empresa no actuó con el cuidado que le demandaba la ejecución de la prestación que se le había adjudicado, ya que la ausencia de det erminadas características en las impresiones objeto del contrato era exigida expresamente en la licitación, por lo que debió exigirse a sí misma una mayor prudencia, propia de la trayectoria y experiencia en el mercado que señaló en sede administrativa, de una magnitud que no autorizara, ni siquiera mínimamente, la formación de ningún reproche acerca del cumplimiento del recaudo en examen (arg.
arts. 512, 902 y 929 del Código Civil): p. 4328.
2. Corresponde rechazar el agravio fundado en la existencia de un "presunto requisito" consistente en la ausencia del denominado "efecto ráfaga" en las impresiones objeto del 1) Ver también: Recurso or dinario de apelación, 26, 27.
2) Ver también: Recurso or dinario de apelación, 33.
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:5114
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