FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 21 de octubre de 2003.
Vistos los autos: "Asociación de Trabajadores del Estado c/ Entre Ríos, Provincia de s/ amparo sindical", de los que Resulta:
1) Afs. 73/84 se presenta la Asociación de Trabajadores del Estado A.T.E.) einicia demanda contra la Provincia de Entre Ríos por "práctica desleal", ocasionada a partir del decreto provincial 21/2000, al que tacha de inconstitucional.
Dice que su parte es una entidad sindical de primer grado con personería gremial otorgada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación el 23 de septiembre de 1937. Su ámbito de representación comprende alos trabajadores que prestan servicios en todo el país para cualquiera de los poderes estatales u organismos centraliZados o descentralizados en el orden nacional, provincial, municipal o mixto. Consecuentemente, agremia al personal de la demandada, que es agente de retención de las sumas que deban abonar los afiliados en concepto de cuota sindical, en los términos de los arts. 38 de la ley 23.551 y 24 de su decreto reglamentario 467/88.
Sostiene que su parte satisfizo los requisitos impuestos por estas normas y, por ello, la denandada siempre efectuó las retenciones pertinentes hasta enero de 2000. Sin embargo, aclara que a partir de ese mes dejó de hacerlo con sustento en el decreto provincial 21/2000, que supeditó la continuidad de los descuentos al cumplimiento de los siguientes requisitos: a) la acreditación —por parte del sindicato—- de la personería invocada, de la "regularidad jurídica plena de su actuación" y "del ámbito de actuación en jurisdicción provincial"; y b) la "conformidad escrita" de cada agente para la realización de la deducción.
Aduce que este decreto implica la imposición de requisitos no contemplados en la legislación nacional, obien un intento de intervención del empleador en las relaciones entre el afiliado y su gremio. Considera que esa conducta constituye una "practica desleal" en los términos
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4312
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