autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicteun nuevo fallo conforme a derecho. Agr éguese la queja al principal. Notifíquese y, oportunamente, remítase.
CARLos S. FAYT.
VoTo DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Considerando:
1) Quela Sala || dela Cámara Nacional de Casación Penal declaró mal concedido el recurso de casación interpuesto contra la sentencia que dispuso rechazar la excepción defalta de acción y recibir declaración indagatoria a José Antonio López y César Marino Sarquis, quienes se desempeñan como director económico financiero y director administrativo ante la Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del río Paraná, respectivamente, en orden al delito de malversación culposa de caudales públicos. Contra ese pronunciamiento, López y Sarquis interpusieron el recurso extraordinario federal, cuya denegación dio origen ala presente queja.
2) Que la Cámara Nacional de Casación Penal justificó su decisión en el carácter no definitivo de la sentencia apelada, por cuanto el pronunciamiento de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional comportaba la prosecución de la acción penal y no podía generar un agravio de imposible reparación ulterior. Con cita del precedente de Fallos: 320:2118 , el tribunal a quo señaló que la sentencia de la Cámara Federal noera susceptible de ser revisada por otro órgano judicial dentro del ordenamiento procesal vigente fs. 538/539).
3) Que tal como sostienen los recurrentes la Cámara Nacional de Casación Penal es el superior tribunal dela causa (conf. Fallos: 318:514 y 320:2118 -disidencia de los jueces Petracchi y Bossert-), por lo cual noes posible soslayar su intervención, en tanto se encuentra en juego la interpretación y aplicación de tratados internacionales, así como el cumplimiento por parte del Estado Nacional de las obligaciones que de ellos derivan.
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:4163
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