ACTOS ADMINISTRATIVOS.
La inexistencia de regulaciones especiales no puede conducir sinoa la aplicación delas previsionesrelativas a los actos administrativos, razón por la cual no puede objetarse el examen de los recaudos de validez de los actos impugnados quela cámara efectuó ala luz de las disposiciones contenidas en la ley 19.549 (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Juicios en quela Nación es parte.
Deben desestimarse los agravios relativos a la autocontradicción del pronunciamiento apelado pues, más allá de que se trata de una mera reiteración del memorial contra la sentencia de primera instancia que comotal autorizaría a declarar la deserción de este aspecto del recurso, el apelante carece de interés en sostener esta queja, es que aun cuando se admitiera por vía de mera hipótesis que del progreso de la acción de lesividad resultaría la invalidez de la resolución que dejó sin efecto la licitación, ese mismo resultado positivo respecto dela mencionada acción de lesividad obstaría a la procedencia de su redamo (Voto del Dr.
Carlos S. Fayt).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2003.
Vistos los autos: "El Rincón de los Artistas c/ Htal. Nac. Profesor Alejandro Posadas s/ ordinario".
Considerando:
1) Que la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, por su Sala |, confirmó, con costas, la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda entablada por El Rincón de los Artistas S.R.L. contra el Hospital Nacional Posadas y admitido la acción de lesividad incoada por este último contra la enpresa mencionada, declarando la nulidad de las resoluciones 1377/91 y 161/92, ambas del director interino del hospital (fs. 712/717).
Contra ese pronunciamiento, El Rincón de los Artistas S.R.L.
interpuso recurso ordinario de apelación (fs. 722/725), que fue con
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3702
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