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Fallos: 326:3591 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de septiembre de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Banco de la Pampa c/ Del Canto, Oscar Enrique y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, nosedirige contra una sentencia definitiva o equiparable atal (art. 14 delaley 48).

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General de la Nación, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito defs. 121. Notifíquese y archívese, previa devolución delos autos principales.


AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — EDUARDO
MoLiné O'Connor (en disidencia) — AnNTonio BocGIANo — GuILLErMo A. F. López — ADoLro ROBerto VÁzQuez.


DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO
DOCTOR DON EDUARDO MoLINÉ O'Connor Considerando:

1) Que contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia dela Provincia de La Pampa que desestimó la queja deducida contra la denegación del recurso extraordinario local, interpusieron los denandados el recurso extraordinario federal, cuyo rechazo motivó la presente queja.

29) Que el a quo desestimó el recurso local deducido contra la sentencia que, al no hacer lugar a las excepciones opuestas por los demandados, ordenó proseguir la ejecución de un certificado de saldo deudor en cuenta corriente, por entender que la sentencia norevestía

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3591 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-3591

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