326 expresa que los trámites relativos a la distribución de fondos se realiZzaron estandovigentelaley 24.522, cuando por el contrario, el proyecto y su aprobación se realizaron durante la vigencia de la ley 19.551, comolo señala el voto disidente del Dr. Guerrero.
Pone de relieve que lo decidido guarda relación directa einmediata con la validez de los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional y constituye cuestión federal en los términos del inciso 3° del artículo 14 de la ley 48, que habilita la intervención del Máximo Tribunal en el presente recurso, por cuanto al desconocer la sentencia que la aprobación del proyecto de distribución del dividendo concursal se verificó el 30 de noviembre de 1994, hallándose vigente la ley 19.551, ignora que precluyó dicha etapa y en consecuencia que le es aplicable la caducidad de cinco años prevista en dicha normativa (artículo 121), y que al aplicar la ley 24.522 deja de lado principios jurídicos fundamentales referidos a la vigencia y retroactividad de las leyes.
Manifiesta que la resolución apelada que sigue los fundamentos del Fiscal de Cámara resulta palmariamente arbitraria porque l aplicar el artículo 224 de la ley 24.522, lesiona un derecho consolidado e incorporado a su patrimonio al amparo de la ley 19.551.
— 1 V. E. tiene reiteradamente dicho que el recurso extraor dinariono tiene por objeto revisar en una tercera instancia la aplicación e interpretación que han hecho los jueces de la causa de normas de derecho común o procesal, pero ha hecho excepción a tal doctrina cuando la deci sión impugnada carece de los requisitos mínimos que la sustenten comoactojurisdiccional, al incurrir en un apartamiento inequívoco de las constancias compr obadas de la causa o de la normativa conducenteala solución del litigio, con agravio irreparable a derechos y garantías de expresa consagración constitucional.
Creo que en el caso se configura este último supuesto si se advierte que la resolución impugnada, no obstante reconocer, de modo expreso, las fechas en que se produjeron los actos procesales relativos al trámite de distribución y asignación de los fondos obtenidos de la realización de los bienes dela fallida, destinados al pago de las acr eencias verificadas y admitidas en el proceso universal (lo que resulta notorio y evidente fueron cumplidos durante la vigencia de la ley 19.551, ya
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:2548
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