RICARDO CESAR ACOSTA y Otros JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Generalidades.
Es presupuesto necesario para una concreta contienda negativa de competencia que los jueces entre quienes se suscita se la atribuyan recíprocamente, lo que no sucede en el caso en que el juez federal no atribuyó el conocimiento del encubrimiento del secuestro de los vehículos y las autopartes al tribunal local, sino que se limitó a manifestar que la justicia nacional debía pronunciarse primero respecto de la responsabilidad de los inculpados en el hecho que se presume encubierto.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Dditos que obstruyen el normal funcionamiento delas instituciones nacionales.
Las infracciones al art. 33 del decreto ley 6582/58 —art. 289, inc. 3", del Código Penal, según reforma ley 24.721-— son de competencia de la justicia ordinaria, ya que no tienen entidad suficiente para producir un perjuicio al Registro Nacional de la Propiedad Automotor o una obstrucción a su normal funcionamiento.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.
Si de las probanzas del expediente no surge dónde se cometió la sustitución de las placas individualizadoras, corresponde investigarla al tribunal provincial en cuya jurisdicción se comprobó la anomalía y se secuestró el rodado, sin perjuicio de lo que surja del trámite ulterior.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Generalidades.
Al no alcanzar los escasos elementos reunidos para calificar, con el grado de certeza que la etapa procesal requiere, el delito que habrían cometido los procesados, resulta indispensable contar con una adecuada investigación y un auto de mérito que defina la situación jurídica de los imputados respecto de los secuestros de unos vehículos y unas autopartes, si no surge que se haya realizado ninguna medida tendiente a dilucidar sus posibles participaciones en aquéllas.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Dditos que obstruyen el normal funcionamiento delas instituciones nacionales.
El encubrimiento de un delito cometido en la Capital de la República afecta a la administración de la justicia nacional.
—Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema—.
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:1693
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