Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 325:473 de la CSJN Argentina - Año: 2002

Anterior ... | Siguiente ...

normativas para llevar a cabo una indebida intervención en las relaciones entre ATE y sus afiliados. Consecuentemente planteóla inconstitucionalidad de dicho decreto y pidió que se declarase a la provincia "incursa en práctica desleal" y que sele aplicaran las multas y sanciones conminatorias previstas en el art. 55 de la ley citada. Asimismo solicitó que se condenara a la denandada "a abonar los aportes caídos, en virtud de la no retención de la cuota sindical" (fs. 73/84). Por otra parte, solicitó que se ordenase a la demandada —como medida cautelar— la reanudación de las retenciones sin condicionarlas a los recaudos previstos en el decreto 21/2000, lo que así se dispuso (fs. 89/90).

2) Que a fs. 113/119 el Estado provincial contesta la demanda y opone la excepción previa de "falta de legitimación pasiva parcial", en relación con los afiliados del gremio que pertenecen a la planta del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (IAPV), ya que —según sostiene- la provincia no tiene participación alguna en la liquidación de sus haberes, lo que a su vez impediría el cumplimiento dela medida cautelar decretada afs. 89/90 respecto de los empleados del instituto. Añade que éste tiene personalidad jurídica y destaca que "no ha sido la provincia quien cumpliera en el ámbito de dicho ente autárquico con el decreto 21/2000".

A su turno, la actora solicita el rechazo de la excepción y considera que el gobierno provincial debe disponer lo necesario para que los entes autárquicos cumplan con la medida cautelar referida (fs. 120/121).

3) Que la excepción opuesta resulta inatendible pues —a diferencia de lo ocurrido en el precedente citado a fs. 118— la demanda no se funda en la falta de depósito de cuotas retenidas, sino en la existencia de un acto administrativo dictado por el gobernador de la provincia que —a criterio de los actores— implicaría la comisión de una "práctica desleal", y cuya aplicación habría determinado la interrupción de las retenciones respecto de los agentes provinciales afiliados a ATE. De ahí quela solicitud de condena por "aportes caídos" (sic, fs. 84, punto 6) aparezca como una pretensión accesoria de la principal, que consiste precisamente en la declaración de que la demandada ha incurrido en una "práctica desleal" al emitir este decreto (fs. 83 vta., punto 4).

En síntesis: la presenteacción gira alrededor de la calificación como "práctica desleal" de una conducta única e inescindible enanada del titular del Poder Ejecutivo provincial que prima facie proyectaría sus

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

96

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2002, CSJN Fallos: 325:473 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-473

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 325 Volumen: 1 en el número: 473 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos