HONORARIOS: Regulación.
Si bien el valor del juicio no constituye la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse asimismo al mérito, naturaleza e importancia de esa labor, y los jueces disponen de un amplio margen de discrecionalidad para la ponderación de tales factores, este examen no puede derivar en la aplicación de un porcentaje que se aparte de los extremos dados por la ley.
HONORARIOS: Regulación.
Si los jueces pudieran omitir discrecionalmente la aplicación de lo establecido por las normas arancelarias, se permitiría que se arrogasen el papel de legisladores, invadiendo la esfera de las atribuciones de los otros poderes del gobierno federal, al modificar los límites de las retribuciones de los profesionales que dichos poderes han establecido en el legítimo ejercicio de las facultades que les asigna la Constitución.
HONORARIOS: Regulación.
Corresponde confirmar la sentencia que descartó la aplicación del art. 13 de la ley 24.432, si los trabajos realizados por el letrado patrocinante y por los peritos fueron cumplidos con anterioridad a la entrada en vigor de la ley citada y, por ende, se encuentran regidos por la ley vigente al tiempo en que se desarrollaron.
HONORARIOS: Regulación.
Si bien los trabajos fueron cumplidos bajo la vigencia de la ley 24.432, no se configura el supuesto particular que sustenta la aplicación del art. 13 de la norma citada, pues el hecho de que la cámara aplique los porcentajes —en el caso los mínimos legales establecidos por los arts. 7 y 9 de la ley 21.839 no ha importado una evidente e injustificada desproporción entre la remuneración a la que se ha llegado y la complejidad y trascendencia del trabajo cumplido, sino que —por el contrario los estipendios fijados no exceden los márgenes de razonabilidad.
HONORARIOS: Regulación.
El art. 13 de la ley 24.432 no es una orientación de seguimiento mecánico sino una excepción que requiere una seria fundamentación, y la mera invocación de la norma no justifica cualquier apartamiento de las reglas del arancel.
HONORARIOS: Regulación.
Cabe apartarse de la escala mínima del arancel cuando la aplicación de sus pautas normales ocasiona una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo y la retribución, sin que interese si las tareas profesionales fueron anteriores o posteriores a la vigencia del art. 13 de la ley 24.432 Voto de los Dres. Julio S. Nazareno y Adolfo Roberto Vázquez).
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:2252
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