DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Casos varios.
Corresponde rechazar la demanda si el actor no acreditó, como era su deber procesal hacerlo, que la prisión preventiva decretada en su contra haya estado en abierta contradicción con los elementos existentes en la causa al tiempo de su dictado, o con las normas que condicionan la aplicación de la medida (Voto del Dr. Gustavo A. Bossert).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de julio de 2002.
Vistos los autos: "Robles, Ramón Cayetano c/ Buenos Aires, Provincia de y otros s/ daños y perjuicios", de los que Resulta: 1) Que a fs. 128/133 se presenta Ramón Cayetano Robles, por medio de apoderado, e inicia demanda contra el Estado Nacional —Ministerio de Justicia, la Provincia de Buenos Aires y contra quien resulte civilmente responsable por los daños producidos como consecuencia de las actuaciones irregulares que culminaron con la prisión preventiva sufrida durante dos años. Manifiesta que el 22 de agosto de 1994, mientras se encontraba en la Asociación de Veteranos de Guerra —entidad que presidía-— junto con el tesorero Néstor Edgardo González, el jefe de seguridad Miguel Angel Isaguirre y algunos colaboradores, se presentó el entonces subcomisario Carlos Arturo Márquez acompañado por otros oficiales portando una orden de allanamiento expedida por el juez federal Alberto Daniel Criscuolo. La comisión policial registró el lugar y encontró "cannabis sativa" -marihuana-— en el bolsillo del pantalón de González y en la habitación que éste usaba, en la cual se hallaron también una ballesta negra y una escopeta recortada marca Brenta. En otras dependencias había bolsitas de polietileno, cajitas de papel para armar cigarrillos y cinco cigarrillos empezados.
Como consecuencia de ello se produjo la detención de todos los presentes ante la sorpresa del actor, quien —sostiene- no entendía cómo la sustancia y los otros elementos habían llegado hasta allí. Agrega que González era la única persona que tenía llave de la habitación. A su vez, dentro de un automóvil marca Chevrolet de propiedad del actor,
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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:1859
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