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Fallos: 325:1192 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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RAUL CESAR DEL PUERTO v. ESTADO MAYOR GENERAL per EJERCITO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

El recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 76, inc. 3, ap. e, conforme texto ley 22.511, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad.

La diferencia que introduce la ley 22.511, según el grado de invalidez entre quienes perciben un haber de retiro mensual (disminución superior al 66 por ciento) y aquellos que sólo tienen derecho a una indemnización única (incapacidad inferior a dicho porcentaje) encuentra plausible justificación en la circunstancia de que los comprendidos en el primer grupo quedan virtualmente impedidos para el trabajo de la vida civil, cosa que no ocurre con los que integran la segunda categoría, que conservan cierta aptitud relativa para enfrentar la actividad laboral por sus propios medios (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad.

Si no resulta que el actor presente una incapacidad que no quede adecuadamente resarcida con la indemnización tarifada prevista por el art. 76, inc. 3°, ap. c, dela ley 19.101 (texto según ley 22.511), puede afirmarse que dicha ley supera el test de validez constitucional fundado en el examen de si el monto que ella otorga cumple, a la luz de los principios que dimanan del art. 17 de la Constitución Nacional, con el fin que le da su razón de ser (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 28 de mayo de 2002.

Vistos los autos: "Del Puerto, Raúl César c/ Estado Nacional E.M.G.E.) s/ retiro militar y fuerzas de seguridad".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:1192 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-1192

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