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Fallos: 324:749 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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JUBILACION Y PENSION.
La asignación establecida por la resolución 667/92 del presidente de la Cámara de Diputados de la Nación es de naturaleza compensatoria y no remunerativa en tanto la finalidad que inspiró su creación no fue otra que reintegrar a sus beneficiarios los gastos materiales que debieron realizar para el desempeño de sus funciones.


JUBILACION Y PENSION.
Para determinar el haber previsional del actor jubilado en el cargo de diputado nacional— no corresponde computar la asignación establecida por la resolución 667/92 (art. 11 de la ley 18.037) del presidente de la Cámara de Diputados pues mediante dicha asignación no se retribuye el ejercicio de una actividad per sonal.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

—|-

Los integrantes de la Sala | dela Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, confirmaron la sentencia del inferior que había hecho lugar a la demanda instaurada por el actor, en cuanto sdlicitaba que se reconozca su derecho a percibir —en el porcentaje de ley que corresponda— el beneficio otorgado a través de la resolución 667/92 dictada por el presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Nación, por entender que tenía carácter remunerativo.

Contra dicha sentencia, la demandada, el Estado Nacional, interpuso recurso extraordinario (v. fs. 204/210), que fue concedido por el a quo sólo en loreferido a la cuestión federal, desestimándolo respecto a los argumentos por arbitrariedad esgrimidos (v. fs. 214).

— | En él sostiene en principio que existe cuestión federal desde que se ha controvertido la inteligencia de las leyes 24.018, 22.940, 18.454 y

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:749 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-749

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