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Fallos: 324:562 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de marzo de 2001.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Horowitz, Israel c/ Cuperstein, Peisah", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los agravios del apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen del señor Procurador General, que el Tribunal comparte y hace suyos brevitatis causa.

Por ello, sedeclara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas. Vuelvan los autosal Tribunal de origen afin de que, por medio de quien corresponda, proceda a dictar nuevo fallo con arreglo a lo expresado. Agréguese la queja al principal. Notifíquese y devuélvase.

JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor (según su voto) —
CARLOS S. FAYT — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO
PETRACCHI — GUILLERMO A. F. López — Gustavo A. Bossert — AnoLro RosErto VáÁzauez (según su voto).

VoTo DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR
DON EDUARDO MoLINÉ O'Connor Y DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR

DON ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ
Considerando:

1) Que contra el pronunciamiento de la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que, al revocar parcialmente el de primera instancia que había admitido la demanda de daños y perjuicios derivados del delito de injurias, dejó sin efecto la indemnización establecida en concepto de daño material y redujo la correspondiente al agravio moral, el actor dedujo recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja.

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:562 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-562

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