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Fallos: 324:2035 de la CSJN Argentina - Año: 2001

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de Justicia dela Nación por recurso ordinario, debe ser interpretada con criterio restrictivo y teniendo en cuenta el contexto general y los fines que la informan, de modo de dar pleno efecto a lo que ha sidola intención del legislador (Voto del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).

RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.

La vía del recurso ordinario de apelación, prevista en el art. 19 de la ley 24.463, debe quedar limitada a los supuestos en que se han impugnado actos administrativos de la Administración Nacional dela Seguridad Social (Voto del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).

RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.

El apelante carece de legitimación para interponer el recurso ordinario de apelación contra las providencias que denegaron la incorporación de dos nuevos litisconsortes al proceso en el que se había demandado el reajuste de su haber deretiro si se ha presentado por derecho propio y no ha demostrado cuál es el perjuicio que le ocasiona dicha decisión, ya que no se ha desconocido su carácter de parte (Voto del Dr. Eduardo Moliné O'Connor).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de junio de 2001.

Vistos los autos: "De Feo, Carlos Roberto y otros c/ Caja de Ret., Jub. y Pens. dela Pdicía Federal Argentina s/ personal militar y civil delas FF.AA. y de seg.".

Considerando:

Quella Sala | de la Cámara Federal dela Seguridad Social confirmólas providencias que habían denegado la incorporación de dos nueVos litisconsortes al proceso en el quelos actores habían demandado el reajuste de sus haberes de retiro, en proporción a las asignaciones creadas por el decreto 2744/93. Contra esa decisión, uno de los actores de apellido homónimo al de uno de aquéllos) interpuso el recurso ordinario de apelación del art. 19 dela ley 24.463 concedido a fs. 76.

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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:2035 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-2035

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