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Fallos: 323:931 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que declaró la nulidad de la declaración indagatoria fundándose en que en el acta respectiva no constaba que se hubiera hecho saber al imputado su derecho a negarse a declarar, ya que no se precisó en manera alguna cuál sería el agravio que la supuesta irregularidad habría ocasionado al imputado ni cuál habría sido el derecho o garantía que se habría visto impedido de ejercer.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente, Corresponde dejar sin efecto la sentencia que declaró la nulidad de la declaración indagatoria fundándose en que en el acta respectiva no constaba que se hubiera hecho saber al imputado su derecho a negarse a declarar, ya que no se precisó de manera alguna el agravio que aquella irregularidad habría ocasionado, lo que resultaba insoslayable teniendo en cuenta que la nulidad procesal requiere un perjuicio concreto para alguna de las partes, pues no procede su declaración en el sólo interés del formal cumplimiento de la ley (Voto del Dr. Gustavo A. Bossert).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

Si la sentencia se apoya en que la elaboración deficiente de las actas que deben dar cuenta de cómo fue llevada a cabo la declaración indagatoria impide a la alzada, o al juez de sentencia, ejercer las funciones de control de los actos procesales que le son propias, el agravio del Ministerio Público Fiscal se refiere a una cuestión de derecho procesal común, ajena a la materia propia del recurso extraordinario (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.

La afirmación en cuanto a que si no se dejó referida la falta de constancia expresa de que el imputado tomó conocimiento efectivo de la naturaleza y efectos posibles de su declaración no es factible un control efectivo por parte de los jueces no puede ser considerada irrazonable, siendo irrelevante que el imputado se haya negado a declarar -ya que de ello no se deriva necesariamente que haya conocido las implicancias de la indagatoria y que haya estado en condiciones de ejercitar la mejor defensa posible- y que estuviera presente la defensora -en tanto no surge que haya podido tomar contacto con ella con anterioridad al acto (Disidencia del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:931 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-931

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