425 825 3?) Que, por otra parte, en cuando a la recusación del señor ministro doctor don Adolfo Roberto Vázquez, el planteo de la recurrente remite al examen de una cuestión que fue considerada y decidida por el Tribunal en el precedente de Fallos: 320:2488 , a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razones de brevedad.
Por ello, se desestiman las recusaciones planteadas. Notifíquese.
JuLio S. NAZARENO — EDUARDO MoLint O'Connor — Caros S. FAYr —
AUGUSTO César BELLuscio — ENRIQue SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO
BOGGIANO — GUILLERMO A. F. López — ADoLro Roserto VÁzauez.
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA v. ENERCOM S.R.L RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Juicios de apremio y ejecutivo.
Si bien las decisiones dictadas en juicios de ejecución fiscal no constituyen sentencias definitivas a los fines del recurso extraordinario, cabe hacer excepción a ello cuando la cuestión debatida excede el interés individual de las partes y afecta al dela comunidad en razón de que comporta un entorpecimiento evidente en la per cepción de recursos destinados al Régimen Nacional de la Seguridad Social y el fallo se sustenta en argumentos que impiden al organismo recaudador obtener su revisión en un proceso ulterior (art. 553, cuarto párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
La resolución que concluyó que resultaba inhábil el título ejecutivo se apartó de lo prescripto por el art. 92 de la ley 11.683 si no mediaba defecto algunorelativo ala "forma extrínseca de la boleta de deuda" y se apoyó únicamente en un pedido de compensación que el contribuyente había efectuado en sede administrativa.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
Corresponde dejar sin efecto la resolución que concluyó que resultaba inhábil el título ejecutivo con el único apoyo de un pedido de compensación que el contri
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:825
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