FALLO DE LA CORTE SUPREMA -
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Buenos Aires, 21 de marzo de 2000.
Autos y Vistos: - , De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se declara que resulta competente para seguir conociendo en las actuaciones el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 14 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirán. Hágase saber a la Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil y Comercial de dicho departamento judicial y al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 9.
EDUARDO MoLInNÉ O'Connor — AuGusto César BELLUSCIO — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — Gustavo A. Bossert — ADoLFo ROBERTO VÁZQUEZ. .
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA v. VITUN
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones civiles y comerciales. Principios generales.
Corresponde atribuir el conocimiento del juicio a la justicia comercial teniendo en cuenta lo dispuesto en el decreto 142.277/43 en cuanto a las formas a que deben ajustarse las personas jurídicas que desarrollan sistemas de ahorro para fines determinados "materia de eminente carácter mercantil- y los fines con ciertos rasgos de comercialidad de la actividad de la demandada. JURISDICCION Y COMPETENCIA: Principios generales.
La competencia debe determinarse atendiendo a las pretensiones y la exL posición de los hechos que realiza el actor en su demanda.
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:536
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