que vale señalarlo, es también Nacional y heredero de una aptitud jurisdiccional confiada con anterioridad a su creación, a la justicia del trabajo.
Por lo expuesto, opino que estos autos deben continuar tramitando ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, al que deberá remitirse, a sus efectos. Buenos Aires, 29 de febrero de 2000. Nicolás Eduardo Becerra.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA .
Buenos Aires, 14 de marzo de 2000.
Autos y Vistos:
De conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se declara que resulta competente para seguir conociendo en las actuaciones el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N? 63, al que se le remitirán. Hágase saber a la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones de dicho fuero y al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 2.
EDuarDo MoLIné O'Connor — AUGUSTO César BELLUscIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — Gustavo A. Bossert — AnoLro ROBERTO VÁZQUEZ.
WILTLEM COVACI y OTROS
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Generalidades.
Los conflictos entre jueces de distinta jurisdicción deben resolverse por — aplicación de las normas nacionales de procedimientos.
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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:477
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