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Fallos: 323:4510 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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subrogante Dra. Tessio, del que surge que el 8 de noviembre de 1997 entre las 16,30 ó 17 horas la prevención a cargo de la Prefectura se comunicó con la nombrada -secretaria del Juzgado Federal del Dr.

Brusa- y le informó que había ocurrido un accidente en la laguna Setúbal, y a las 19 horas pusieron en su conocimiento de que el Dr.

Brusa resultaba involucrado en el hecho, circunstancia que comunicó al magistradoalas 21,30 622 horas, quien la volvióa llamar el domingo 9 por la mañana para preguntarle si había alguna novedad.

Cuadra señalar que si bien a fojas 40 de los autos de referencia obra una providencia de la Prefectura Naval fechada el 9 de noviembre que da cuenta que el Dr. Brusa compareció espontáneamente por lo que se dio intervención a la subrogante Dra. Judith de Estrada, lo cierto es que a fojas 2 y 41 se encuentra agregado un oficio fechado el 10 de noviembre remitido por el prefecto principal Vallejos a la nombrada magistrada en el que le hace saber que "en la fecha, habiéndose presentado en forma espontánea solicitando prestar declaración testimonial el Dr. Víctor Hermes Brusa, al finalizar dicha actuación procesal el mismo manifestó que se apartaba de intervenir en la causa ...y que selediera intervención a la señora Defensora Oficial Dra. Judith de Estrada".

Si a ello se agrega que la declaración del Dr. Brusa fuerecibida el 10 de noviembre por la prevención, no cabe duda de que se inhibió el día 10 del conocimiento dela causa, cuando había transcurrido más de un día de haber recibido la comunicación de su secretaria acer ca de las circunstancias que "prima facie" loincriminaban.

d) Interferir en la investigación de la causa "Pedernera" Previamente a inhibirse, el Dr. Brusa "seguía" las secuencias dela investigación, circunstancia que deriva de lo declarado por Ramón Luis Iturria Vallejos, oficial jefe de la Prefectura Naval Argentina a cargo de la instrucción del sumario de prevención, quien dijo que aquél le requirió que "lo interiorice acerca del hecho, entonces le relato sintéticamente lugar, hora del suceso y le digo que algunos testimonios lo sindican a usted como presunto autor y que la posible embarcación está bajo custodia, entonces él me contesta que había estado en el lugar del hecho cuando navegaba con la señora de norte a sur y que se había encontrado con el guardacostas. El doctor trata de explicarme por qué los testigos dicen eso..." (fojas 1053).

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:4510 
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