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Fallos: 322:3471 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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25.363/64). Nosepudo obtener mayor información telefónica por cuanto tanto "Miniphone" como "Personal", "CTI Móvil" y "Telecom" informaron que Susana Angela Malatrassi no era dienta delas mismas (conf.

fs. 22.715/6; 28.172; 23.288/89 y 23.103/07, respectivamente); —quenoregistra inscripción como contribuyente en la Administración Federal de Ingresos Públicos (conf. fs. 23.662).

Partede la información antes consignada fue ratificada por la propia Malatrassi, quien en oportunidad de prestar declaración testifical ante este tribunal afirmó haber suscripto en carácter de garante, el contrato de locación firmado por Nora Franco y que se encuentra agregado a fs. 21.545/6. Pormenorizó que conoció a la nombrada en el año 1976 0 1977, cuando trabajaba en "Radio Nacional"; que hacia el año 1987 aquella le solicitó que fuera garante del contrato de alquiler de un departamento, al que, según dijo, iba a vivir allí con su novio, un chofer de colectivos; que dicha relación sentimental duró unos cuatro ocinco meses más y que lo último que sabía acerca de Nora Franco era que actualmente vivía en El Salvador, que su hermano lo hacía en Francia y que su madre, Victoria Ana Quiñones, había fallecido (conf.

fs. 34.400/2).

233) Que por otra parte, la investigación llevada a cabo por el Tribunal tendiente a verificar los distintos domicilios en los que Khosr ow lamanian habría habitado arrojólos siguientes resultados:

1. Bulnes 1.393 2do. piso de esta Ciudad, TE: 963-2043: la infor mación relativa a este inmueble aportada por la Secretaría de Inteligencia del Estado en el informe que origina esta línea de investigación, fue ratificada por Khosrow lamanian en oportunidad de su dedaración testifical ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 9 (conf. fs. 20.365/72, 20.373/85 y 20.395/400), ocasión en la que manifestó haber vivido allí desde el año 1992 hasta el año 1996. Su calidad de propietario fue acreditada con la documentación aportada por el Registro de la Propiedad Inmueble, de cuyos asientos registrales surge que "Khosrow | amanian, D.N.I. 92.848.272" y su cónyuge "Azam Zahedi" adquirieron la unidad N° 11 del piso 2" del inmueble individualizado el 15/10/93 con una hipoteca en favor del Banco del Ríodela Plata, perteneciendo dicha propiedad ala sociedad conyugal hasta el 13 de junio de 1996, en que fue adquirida por la nombrada Zahedi.

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:3471 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-3471

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