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Fallos: 322:2264 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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Resulta:

DAfs, 21/36 se presenta el Estado Nacional e inicia demanda contra la Provincia de Formosa por rendición de cuentas documentadas de la suma de $ 498.028, en concepto de saldo de los fondos que le fueron entregados en virtud del convenio celebrado entre las partes para la ejecución del Subprograma de Emergencia Agropecuaria del año 1993, y de los gastos y erogaciones imputables a dicho subprograma. Asimismo reclama el pago de aquel saldo.

Dice que la ley de presupuesto para el año 1993 y su reglamentación otorgaron la suma de $ 35.000.000 al Programa Social Agropecuario (PSA), a fin de paliar las crisis económico-sociales de diversas provincias. El 11 de agosto de 1993 la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGyP) suscribió con la demandada el convenio antes aludido, en virtud del cual le transfirió la suma de $ 2.964.640 para atender a 5.294 pequeños productores minifundistas ubicados en departamentos declarados en "emergencia agropecuaria"; asimismo se pactó que hasta un 5 de dicho importe podía destinarse al pago de gastos.

Afirma que en mayo de 1994 la SAGyP realizó una auditoría en la Provincia de Formosa relacionada con el manejo de los fondos del referido subprograma. Allí se evidenció la existencia de una serie de irregularidades, tales como: desajuste entre la cantidad de declaraciones juradas en poder del Ministerio de Agricultura de la provincia y los pagos efectuados por el banco oficial; inexistencia de un listado oficial de productores; falta de control por parte de la provincia, que posibilitó la inclusión como beneficiarios de varios miembros de una misma familia, de productores no minifundistas y de personas ajenas ala actividad agropecuaria, como así también la inclusión de un mismo productor en más de una lista y la exclusión injustificada de otros; cobros efectuados por productores o "autorizados" no identificados; y falta de publicidad de las listas de beneficiarios.

En relación con los fondos previstos para atender los gastos de implementación del subprograma, la auditoría destacó la existencia de comprobantes por gastos poco coherentes con la finalidad del convenio o de difícil aceptación.

Asimismo la auditoría indicó que quedaba pendiente el envío de documentación por parte de la provincia. Añade que no se tiene una

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:2264 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-2264

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