CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Hábeas data.
Rechazar la acción de hábeas data por considerar que los particulares no pueden tener acceso a la información obrante en las fuerzas armadas y organismos de seguridad del Estado "por obvias razones de seguridad pública", constituye una afirmación dogmática carente de razonabilidad, pues al no haberse librado los oficios requeridos, no existe la respuesta pertinente del titular de la institución que haga saber si obra la información requerida y si existen razones que, en definitiva, pudieron impedir al legitimado acceder a ella.
REPRESENTACION PROCESAL,
Aunque en el escrito de interposición del hábeas data no se haya justificado la representación, si la beneficiaria intervino con posterioridad al dictado de la sentencia definitiva que la incluyó en su parte dispositiva, con el objeto de impugnarla, y se ha concedido a su favor la apelación federal por ella interpuesta, ha mediado una resolución implícita favorable al reconocimiento de su legitimación (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Hábeas data.
La protección legal que establece el hábeas data se dirige a que el particular interesado tenga la posibilidad de controlar la veracidad de la información y el uso que de ella se haga; este derecho forma parte de la vida privada y se trata, como el honor y la propia imagen, de uno de los bienes que integran la personalidad (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Hábeas data.
El hábeas data establecido en el art. 43 de la Constitución Nacional protege la identidad personal y garantiza que el interesado —él y sólo él-- tome conocimiento de los datos a él referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos públicos o los privados destinados a proveer informes Voto del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Hábeas data.
El hábeas data constituye una garantía frente a informes falsos o discriminatorios, y autoriza a obtener su supresión, rectificación, confidencialidad o actualización (Voto del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Hábeas deta.
El hábeas data constituye una dimensión del derecho a la intimidad, en conexión de sentido con el art. 19 de la Constitución Nacional (Voto del Dr. Carlos S. Fayt). .
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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:2140
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