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Fallos: 322:2054 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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causas anteriores lo que dañaría la credibilidad de la Corte ante la conciencia colectiva (Voto del Dr. Rodolfo Emilio Munné).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 31 de agosto de 1999.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Reidel, Aaron c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la cuestión planteada en la presente causa resulta sustancialmente análoga a la examinada por el Tribunal en la causa "Aguiar López, Eduardo" (Fallos: 320:2786 ), a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad.

Que respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal en las causas "Del Azar Suaya, Abraham" Fallos: 320:2039 ) y B.386 XXVII "Beitía, Paulina Araceli e/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad", mayoría y votos concurrentes, fallada con fecha 31 de octubre de 1997.

Por ello, el Tribunal por mayoría resuelve: Con el alcance que surge de las consideraciones que anteceden, declarar procedente el recurso extraordinario deducido por la ANSeS y revocar la sentencia en cuanto fuera materia de agravios. Respecto a la movilidad que corresponde desde el 1° de abril de 1991 hasta que entró en vigencia el régimen instaurado por la ley 24.241, ordenar que se aplique según el alcance fijado en el precedente "Chocobar, Sixto Celestino" Fallos: 319:3241 ). Los jueces Fayt, Belluscio y Bossert se remiten, en lo pertinente, a sus disidencias en la causa "Aguiar López, Eduardo" Fallos: 320:2786 ). Notifíquese y devuélvase.

Juro S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — CarLos S. FAYr (en disidencia) — AUGUSTO César BELLusciO (en disidencia) — ANTONIO BOGGIANo — Gustavo A. BosserT (en disidencia) — ADoLFo RoBErTo VAzQuEZ — RoDoLFro EmiLio Munn (según su voto).

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:2054 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-322/pagina-2054

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