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Fallos: 321:896 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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896 FALLOSDE LA CORTE SUPREMA mera parte de la Constitución, que incluye los arts. 14 y 32 protectores de la libertad de prensa (Disidencia del Dr. Augusto César Belluscio).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de réplica.

La admisión del derecho de rectificación, respuesta o réplica está en pugna con los arts. 14 y 32 de la Constitución Nacional, especialmente con el segundo de ellos, ya que implica una restricción de la libertad de imprenta Disidencia del Dr. Augusto César Belluscio).

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Libertad de prensa.

En nuestro texto constitucional la libertad de prensa es absoluta, no puede ser objeto de restricciones o reglamentaciones, y la finalidad de ese carácter absoluto no es la de tutelar a los propietarios de los medios de comunicación social sino a toda la sociedad, evitando los riesgos que genera su reglamentación (Disidencia del Dr. Augusto César Belluscio).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 16 de abril de 1998.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Petric, Domagoj Antonio c/ diario Página 12", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

19) Que el señor Antonio Petric Domagoj invocó ante el diario Página 12, el derecho de rectificación o respuesta contenido en el art. 14 de —la Convención Americana sobre Derechos Humanos, con motivo de un artículo que el periódico publicó el 20 de junio de 1993, en el que se le atribuía el carácter de asesor del presidente de la Nación Argentina y el desarrollo de actividades de reclutamiento y organización de grupos de mercenarios para enviarlos a combatir junto a las fuerzas croatas en la guerra de Bosnia-Herzegovina. En síntesis, el actor sostuvo que lo único verídico de la nota cuya rectificación pretendía, era que colaboraba honorariamente en la "Representación de Croacia", en prensa y cultura, mientras que las falsedades lo presentaban como un evenLa

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:896 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-896

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