personería gremial al S.M.A.T.A. como afectativo de la previamente conferida a la UO.M.R.A., aspecto que no había sido controvertido en autos y que por lo tanto implicó privar a la U.O.M.R.A., de su legítimo derecho de defensa e imponerle una limitación a los alcances de su personería gremial, mediante un pronunciamiento que excede el ámbito de la litis.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales. .
Es inadmisible el recurso extraordinario contra la sentencia que resolvió el encuadramiento gremial del personal de una firma (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) (Disidencia de los Dres. Julio S.
Nazareno, Augusto César Belluscio, Antonio Boggiano, Gustavo A. Bossert).
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 17 de marzo de 1998.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina c/ Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
1) Que contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que revocó la resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social N2 10/ 95 y, en consecuencia, declaró que el personal de la firma Bradford S.A. de Gral. Villegas, Provincia de Buenos Aires, se hallaba comprendido dentro del ámbito representativo de SM.A.TA., la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina dedujo el recurso extraordinario cuya denegación dio origen a la queja en examen.
2?) Que para así decidir, después de delimitar los alcances del conflicto entre asociaciones gremiales sobre la base de las disposiciones de la ley 23.551, el a quo consideró que, por tratarse de una cuestión de encuadramiento sindical debía resolverse teniendo en cuenta esencialmente"...la actividad cumplida por la empresa en la que se desempeña el personal cuya representatividad se disputa y el ámbito de representación que confiere la respectiva resolución administrativa
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:504
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