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Fallos: 321:1822 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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Moliné O'Connor, Antonio Boggiano, Guillermo A. F. López y Adolfo Roberto Vázquez).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de junio de 1998.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Danzas Argentinas S.A. c/ Metalúrgica Dakot S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, nose dirige contra una sentencia definitiva o equiparableatal (art. 14 delaley 48).

Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs.

1. Notifíquese y, previa devolución de los autos principales, archívese.

JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor (en disidencia) — CarLos S. FAYr — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BoccIAno (en disidencia) — GUILLERMO A. F. Lórez en disidencia) — Gustavo A. Bossert — AnoLFo Rogerto Vázauez (en disidencia).

DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MoLINé O'Connor Y DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON ANTONIO BOGGIANO, DON GUILLERMO A. F. López Y DON ApoLFro ROBerTto VÁzQuez 1) Que contra el pronunciamiento de la Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que, al confirmar lo resuelto en la instancia anterior, desestimó el pedido de nulidad de las actuaciones, la demandada interpuso el recurso extraordinario cuyo rechazo origina la presente queja.

2°) Que para así decidir el a quo consideró que debía declararse desierto el recurso de apelación en orden a no haber mediado crítica

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1822 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-1822

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