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Fallos: 320:2524 de la CSJN Argentina - Año: 1997

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de noviembre de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Jarvis, Douglas c/ Municipalidad de General Pueyrredón, Federación Argentina de Triatlón, Asociación Bancaria y/o responsable", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

Por ello, se desestima la queja. Notifíquese y, oportunamente, archívese, previa devolución de los autos principales.

JuLIo S. NAZARENO.— EDUARDO MoLINÉ O'Connor (en disidencia) — CArLos S. FAYT (en disidencia) — AUGUSTO César BELLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. López — Gustavo A. Bosserr (en disidencia). "DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE DOCTOR DON EDUARDO MOLINÉ O'ConNor Y DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON CARLos S. FAYT Y DON Gustavo A. Bosserr Considerando: 19) Que contra el pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que desestimó el recurso de inaplicabilidad de ley respecto de la sentencia de la alzada que había excluido de la condena a la Asociación Bancaria y fijado el monto de la indemnización en un juicio de daños y perjuicios derivado de un acciden te deportivo, el actor dedujo el remedio federal cuyo rechazo dio motivoala presente queja. —

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2524 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-320/pagina-2524

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