ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD.
Para considerar configurada la presencia de un caso que pueda ser resuelto por el Poder Judicial de la Nación es exigible: a) actividad administrativa que afecte un interés legítimo; b) que el grado de afectación sea suficientemente directo; c) que aquella actividad tenga concreción bastante.
ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD.
No existe caso que pueda ser resuelto por el Poder Judicial si no ha existido actividad alguna que haya puesto en tela de juicio el derecho que se ejerce, ni se ha afectado el interés que se invoca; no median actos concretos o en ciernes del poder administrador.
PODER JUDICIAL. - .
El Poder Judicial de la Nación conferido a la Corte Suprema de Justicia y a los tribunales nacionales por los arts. 108, 116 y 117 de la Constitución se define, de acuerdo con una invariable interpretación, como el que se ejercita en las causas de carácter contencioso a las que se refiere el art. 2" de la ley 27; es decir, aquellas en las que se persigue en concreto la determinación del derecho entre partes adversas.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Principios generales.
No se está en presencia de una "causa" cuando se procura la declaración general y directa de inconstitucionalidad de las normas o actos de los otros poderes.
ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD. .
Corresponde desestimar la demanda tendiente a que se declare la inconstitucionalidad de la ley de radiodifusión 22.285, art. 65 de la ley 23.696 y decretos nacionales 1357/89, 462/81 y 660/96, por entender que estas normas imponen restricciones al acceso de las frecuencias y otorgamiento de licencias ya que, al no tratarse de una controversia actual y concreta, la cuestión en examen no puede ser asimilada al supuesto de "casos contenciosos", previsto en el art. 2" de la ley 27, los únicos en los que los tribunales federales pueden ejercer su jurisdicción.
DIVISION DE LOS PODERES.
Las consecuencias del control encomendado a la justicia sobre actividades ejecutiva o legislativa requieren que el requisito de la existencia de "un caso" o "controversia judicial" sea observado rigurosamente para la preser
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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:1557
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