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Fallos: 32:412 de la CSJN Argentina - Año: 1887

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por don Zacarías Barbosa 4 favor de don Guillermo Bauer, en 16 de Noviembre de 1874, no puede perjudicar 4 los herederos de doña Inés Lopez de Fraga y de don Rosendo Fraga, pues el vendedor Barbosa no ha podido transferir á su comprador Bauer derechos de propiedad y de dominio que no tenía; 3° que don Guillermo Bauer deberá restituir á la sucesion de los esposos Fraga, y dentro del término de treinta dias, el terreno reivindicado en la presente causa, dejando á salvo los derechos que pueda tener contra su causante Barbosa; 4, y finalmente, que las costas de este juicio son á cargo de la parte demandada.

Notifíquese con el original y repónganso los sellos.

Eugenio Perez.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Enero 19 de 1888.

Vistos: Por los fandamentos espuestos por el Juez de Seccion, en los considerandos cuarto y siguientes de la sentencia spelada de foja doscientos setenta vuelta, se confirma esta con costas; declarándose que el demandado debe hacer restitucion de la cosa demandada, con los frutos desde la notificacion de la demanda, segun lo dispuesto en el artículo dos mil cuatrocientos treinta y tres del Código Civil. Prévia reposicion de sellos, devuélvanse.


BENJAMIN VICTORICA.— ULADISLAO
FRIAS. — FEDERICO IBARGÚREN.—
C. 5. DE LA TORRE. — SALUSTIANO
J, ZAVALIA.

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Año: 1887, CSJN Fallos: 32:412 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-32/pagina-412

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