CAUSA CXXIV
Criminal, contra el indio Julio Gelabert ; por homicidio de la india Teresa Sumario. — El homicidio precedido de provocacion por parte de la víctima, es penado con tres años de prision.
Caso. — Se halla esplicado en el Faelle del Juez Letrado Resistencia, Agosto 1' de 1887.
Y vistos estos autos formados para averiguar la causa de la muerte de la indígena Teresa, ocurrida en Octubre de 1885, y determinar la responsabilidad criminal que pesa sobre su autor, el indígena Julio Gelabert; y resultando : 4° Que la muerte de la china Teresa está constatada en las diligencias practicadas por la policía, que constituyen la cabeza de este proceso, y principalmente, por la confesion circunstanciada del imputado, en cada una de las veces que ha comparecido á la presencia judicial.
2" Que Gelabert confiesa igualmente ser el autor de la muerte de esa indígena, que era su concubina.
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Año: 1887, CSJN Fallos: 32:208
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