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Fallos: 32:17 de la CSJN Argentina - Año: 1887

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Aute del Juez Federal exhortado Santiago, Junio 8 de 1887, Autos y vistos : el exhorto del Juez Nacional de Catamarca, por el que se pido ú este Juzgado instruya el sumario respectivo en la causa inicia con motivo de un choque de trenes ocurrido entre los kilómetros 326 y 327 del Ferro-Carril Central Norte, y considerando : que de las averiguaciones practicadas por este Juzgado, resultó que el hecho denunciado tuvo lugar en territorio de la provincia de Catamarca; que por tanto y con arreglo al artículo 3", inciso 4° de la ley de jurisdic= cion y competencia, este Juzgado se excusó de conocer en esta causa, por ser de la competencia del Juzgado nacional de Catamarca, á quien se remitieron los autos respectivos. Que por otra parte, en el órden nacional no existen jueces de instruccion, sin que además haya superioridad gerárquica alguna entre los distintos jueces de seccion ; que no tiene razon de ser la atirmacion de que exista mayor facilidad en la formacion del sumario, por este Juzgado, desde que tendría que trasladarse el infranscrito á puntos situados fuera de su jurisdiccion, como es el que ha sido teatro del hecho denunciado, debiendo ser el juez de Catamarca, quien, como queda establecido, instruya en forma el sumario y conozca de la causa hasta su terminacion ; que el preso Gauna está ya en Catamarca á disposicion del juez de esa seccion.

Por estas consideraciones y las concordantes de la vista fiscal, se resuelve que se devuelva al juez exhortante el exhorto remitido ú los efectos de ley. Hágase saber.

P. Olaechea y Alcorta.

T. " 2

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Año: 1887, CSJN Fallos: 32:17 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-32/pagina-17

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