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Fallos: 319:810 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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la asignación en su vocalía de un secretario de primera instancia. Entonces, y más allá de no ser los únicos jueces que cuenten con colaboradores contratados, el agravio debe limitarse pura y exclusivamente a la calidad de efectivos de los oficiales mayores que pretende transformarse en relatores.

13) Que no obstante lo expuesto, considera esta Corte que no debe ratificarse la transformación de cargos en cuestión, dado que con ella se resentiría sensiblemente la planta estable del personal administrativo de la Sala III, máxime cuando contará entre el personal con un prosecretario administrativo menos, por lo resuelto precedentemente.

Sin perjuicio de lo expuesto, nada impide que los señores jueces de la citada sala y por una distribución interna de tareas —que sólo a ellos compete asignen funciones de relatores para colaborar con los nueN Vos jueces a dos de los oficiales mayores cuyos cargos fueron creados por la resolución 40/96.

14) Que en lo que hace a las cuestiones invocadas por los integrantes de la Sala I tratadas en el expediente 273/96, antes referido, cabe tener presente que en la resolución s/n? dictada por la Cámara Federal de La Plata el 19 de marzo de 1996, se dispuso -—a fin de cubrir los cargos creados por resolución 40/96 de esta Corte- lo siguiente:

a) Designar en el cargo de prosecretario administrativo a la actual oficial mayor relatora asignada a la vocalía del Dr. Román Frondizi, Dra. María Laura García Sanz.

b) Nombrar oficial mayor relator en las vocalías de los Dres. Antonio Pacilio y Héctor Gerardo Umaschi, a la Dra. María Isabel Gutiérrez Ezguía, actual escribiente de la Fiscalía N 2 de La Plata, y a Jorge Di Lorenzo, actual escribiente auxiliar del Juzgado N° 3 de ese asiento, respectivamente.

€) Designar en el cargo de escribiente a las actuales escribientes auxiliares Marcela Defelitto y Emilce Cornell.

d) Nombrar en el cargo de escribiente auxiliar a los actuales auxiliares Román Rotbart y Valeria Glombovsky.

€) Designar en el cargo de auxiliar administrativo a Paula M.

Frondizi y Jorge Latrubese en los términos de la acordada 57/93 de este Tribunal.

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:810 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-810

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