Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 319:607 de la CSJN Argentina - Año: 1996

Anterior ... | Siguiente ...

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

Los agravios vinculados con la cuestión de culpabilidad y el resarcimiento de la lesión estética remiten al examen de cuestiones de hecho, prueba y derecho común, materia propia del tribunal de la causa y ajena al recurso extraordinario (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Augusto César Belluscio y Guillermo A. F. López).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

Las divergencias de la recurrente con el criterio de valoración de las pruebas no autorizan la apertura de un recurso que tiene carácter de excepción y que no persigue habilitar una nueva instancia ordinaria para debatir cuestiones ajenas a la competencia federal de la Corte (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Augusto César Belluscio y Guillermo A. F. López).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Es descalificable el pronunciamiento si las sumas fijadas por la incapacidad sobreviniente y el daño moral desvirtúan el principio de la reparación integral y sólo satisfacen en apariencia la exigencia constitucional de adecuada fundamentación (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Augusto César Belluscio y Guillermo A. F- López).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Senten- cias arbitrarias. Procedencia del recurso. Apartamiento de constancias de la causa.

Es arbitrario el pronunciamiento que, al determinar el daño correspondiente a los gastos médicos solventados por el actor, sin proporcionar razones plausibles, se apartó de los montos consignados en las facturas emitidas por los sanatorios y por los profesionales (Disidencia de los Dres. Eduardo Moliné O'Connor, Augusto César Belluscio y Guillermo A. F. López).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 30 de abril de 1996.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Boglione, Florencio Fabián c/ Empresa San Vicente S.A. de Transporte y otros", para decidir sobre su procedencia.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

71

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1996, CSJN Fallos: 319:607 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-607

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 319 Volumen: 1 en el número: 607 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos