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Fallos: 319:3046 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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pos en riésgo" de acuerdo al art. 6° del decreto 1244/91, que reglamenta la ley 23.798, con más razón debe regir respecto de aquellas personas que no integran tales grupos (Disidencia parcial del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

POLICIA FEDERAL.
La ley 23.798 impide que la Policía Federal Argentina someta la sangre de un agente al test de HIV, salvo que éste lo consienta previamente (Disidencia parcial del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

SIDA.
La ley 23.798 establece que la persona a ser sometida al test de HIV debe consentirlo de modo expreso, es decir que, por regla general, no es válido el consentimiento implícito a ser sometido al mismo (Disidencia parcial del Dr. Enrique Santiago Petracchi).

POLICIA FEDERAL.
Sólo si por la índole de la tarea que desarrolla el policía que se negara a ser sometido al test de HIV existieran serios riesgos de transmisión del virus a terceros en la hipótesis de que éste fuera portador y si la salud de los aludidos terceros no pudiera ser resguardada sino por el pase a retiro obligatorio de tal integrante, el derecho a trabajar del mismo cedería y la Policía Federal podría pasarlo a retiro obligatorio (Disidencia parcial del Dr. Enrique Santiago Petracchi). .

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 17 de diciembre de 1996.

Vistos los autos: "B., R. E. e/ Policía Federal Argentina s/ amparo".

Considerando:

19) Que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala II, confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar al amparo promovido por R. E. B. y dejado sin efecto el acto administrativo dictado el 4 de octubre de 1993 por el que se había dispuesto el pase del actor a retiro obligatorio. Asimismo, el a quo dispuso la convocatoria de una nueva junta médica a fin de

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:3046 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-3046

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