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Fallos: 319:2393 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 6 del Departamento Judicial de San Martín, al que sele remitirá. Hágase saber al Juzgado Federal N° 1 con asiento en la mencionada ciudad.

EDUuarDo MoLINé O'Connor — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — Gustavo A. Bossert — AnoLFo ROBERTO VÁzauez.

ASOCIACION SINDICAL de EMPRESA OBREROS MEN SUALIZADOS peL
CONSORCIO PATAGONIA U.T.E. OBRA PICHI PICUN LEUFU
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Generalidades.

Las reglas de conexidad sólo son aplicables a la distribución de competencia entre jueces nacionales.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las instituciones nacionales.

Corresponde al fuero federal conocer de la falsificación de planillas de afiliación que fueron presentadas ante la delegación Neuquén del Ministerio de Trabajo de la Nación, al que le corresponde otorgar la personería gremial, ya que tal accionar podría entorpecer u obstruir el buen servicio que tiene a su cargo un organismo nacional.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Dditos en perjuico de los bienes y rentas de la Nación y de sus entidades autárquicas.

La justicia local debe entender de la estafa consistente en la adulteración de las autorizaciones de débitos de los haberes de obreros a favor de los repr esentantes de un sindicato que carecía de personería, ya que de ello no resulta un perjuicio para las rentas de la Nación, ni para alguna de sus instituciones.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

La presente contienda negativa de competencia finalmente trabada entrelostitulares del Juzgado Federal N°2 con asiento en Neuquén,

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2393 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-2393

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