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Fallos: 319:2020 de la CSJN Argentina - Año: 1996

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ELPIDIO TOMAS NIEVE v. EMPRESA NACIONAL pr CORREOS y

TELEGRAFOS S.A.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Resolución contraria.

Es admisible el recurso extraordinario, si se denegó el fuero federal invocado.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Nación.

Es competente la justicia federal, pues en la actual etapa de transición Encotesa es de hecho y de derecho una empresa del Estado Nacional, ya que todo su capital le pertenece y su directorio y administración se hallan a su vez en cabeza del Estado.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

—-- .

El superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy rechazó el recurso de casación e inconstitucionalidad local, interpuesto por la demandada en autos, contra el fallo de segunda instancia, que desestimó su pretensión de que la causa tramite ante la justicia federal.

Alegó el Superior Tribunal local, que el recurso no era admisible por tanto la accionada había aceptado la competencia local en otras actuaciones. Al ser así —expresó- su conducta resultaba incongruente y venía a contradecir sus propios actos, desoyendo la doctrina que postula que no se puede ejercer un derecho que no se compadece con el sentido que la buena fe atribuye a la conducta anterior. Agregó el sentenciador que el vínculo jurídico que se hallaba en juego en autos se encuentra amparado por el convenio colectivo de trabajo, lo cual provocaba la competencia laboral local.

Contra dicha resolución la demandada interpuso recurso extraordinario, el que desestimado, dio lugar a esta presentación directa.

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Año: 1996, CSJN Fallos: 319:2020 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-2020

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