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Fallos: 318:2578 de la CSJN Argentina - Año: 1995

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venta del inmueble debidamente reajustado si el mismo es inferior al monto del crédito hipotecario (Disidencia del Dr. Julio S. Nazareno).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de diciembre de 1995.

Vistos los autos: "Martínez, Hugo O. e/ Buenos Aires, Provincia de cobro de australes" de los que Resulta:

1) A fs. 12/19 se presenta por medio de apoderado Hugo Osvaldo Martínez e inicia demanda por daños y perjuicios contra la Provincia de Buenos Aires.

Dice que por escritura N" 95 del siete de junio de 1985, pasada al folio 279 del Registro N° 18 de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, Juan Carlos Rivadulla constituyó un gravamen hipotecario en primer grado a su favor por la cantidad de Sa. 19.500.000 sobre una propiedad ubicada en la localidad de San Isidro cuyos datos catastrales describe. , Como el nombrado Rivadulla no restituyó el capital a su vencimiento ni abonó los intereses pactados, el actor se vio obligado a iniciar una ejecución hipotecaria en la cual, tras obtener sentencia a su favor, se dispuso la subasta del bien designándose el martillero que la llevaría a cabo. Cuando éste se constituyó en el lugar tomó contacto con el señor Julio Geza Tauszig, quien le expresó que era el verdadero propietario del inmueble. Fue así que se realizó una reunión con el escribano Fernando ' González Montalvo, propuesto por el señor Tauszig, en la que finalmente se comprobó la existencia de una doble inscripción registral del bien, una a nombre del deudor Rivadulla y otra en cabeza del señor Tauszig.

Esa circunstancia, que evidencia lo que denomina una fuga registral, provocó el menoscabo patrimonial que sufre el actor y que .

justifica su demanda.

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Año: 1995, CSJN Fallos: 318:2578 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-318/pagina-2578

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